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Información al accidentado sobre los derechos a la reclamación de indemnizaciones por daños causados

¿Cuáles son los daños que se pueden reclamar derivados de un accidente de tráfico?

El Código Civil establece que el causante de un accidente deber reparar íntegramente el daño causado. Por tanto pueden reclamarse todos los daños causados que sean consecuencia del accidente de tráfico. Los daños más habituales en una reclamación son:

  • Daños corporales. Lesiones permanentes (que permanecen tras el accidente) . El cálculo de la indemnización es consecuencia de la aplicación de un baremo y se determina la indemnización según unos parámetros complejos por puntos, como la intensidad de las lesiones, la edad de la víctima, y los perjuicios estéticos.
  • Daños materiales.  Los correspondientes al vehículo, la reparación del mismo en caso de siniestro, y todos los daños consecuencia del accidente (como ropa, gafas,  ordenadores, cámaras de fotos, etc.
  • Baja laboral. Esta puede ser de tres tipos: días de hospitalización, baja laboral y días de curación. A cada periodo de tiempo se le asigna un precio que varía anualmente.

Daños indemnizables

Los daños que se pueden indemnizar son el fallecimiento, las lesiones permanentes, y las incapacidades temporales. Además de las indemnizaciones correspondientes, se abonarán también los gastos de asistencia médica y hospitalaria y, en su caso, los gastos de entierro y funeral. Además la indemnización puede consistir en un pago único o en una renta vitalicia.

Lesiones Permanentes. Cuantía de las indemnizaciones por accidente

La clasificación de lesiones que establece el Baremo oscila en un rango que va de 1 a 100 puntos, de menor a mayor gravedad, y está sujeta a la negociación.

Es frecuente que a la hora de valorar un daño se produzcan discrepancias entre el médico de la compañía de seguros, el médico forense y el facultativo al que acude el propio lesionado. En estos casos es el juez quien debe decidir qué puntuación se da. Muchas cuestiones están cargadas de subjetividad, por ejemplo los daños estéticos ("una cicatriz").

Valoración de la indemnización por accidentes de tráfico. Baremo.

Todos los años se publica en el BOE, cumpliendo con lo establecido en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, las cuantías de las indemnizaciones que se recogen en el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Así se publican las tablas de indemnizaciones básicas por muerte (incluidos daños morales), los factores de corrección para las indemnizaciones básicas por muerte, las indemnizaciones básicas por lesiones permanentes y sus factores de corrección, y las indemnizaciones por incapacidad temporal.

En caso de fallecimiento, el Baremo de tiene en cuenta quiénes son los deudos de la víctima, quiénes tienen derecho a ser indemnizados por el dolor de su pérdida y las causas económicas que provoque el suceso. Por eso, de forma práctica se tiene en cuenta si la víctima tiene cónyuge, hijos mayores o menores, hermanos o padres a su cargo, etc. y fundamental, los ingresos de la víctima. Esto es, la indemnización varía según fuese la capacidad de la víctima de generar ingresos, que ahora cercena el fallecimiento.

Otros factores correctores que pueden aumentar o disminuir la indemnización son por ejemplo: estado civil de la víctima, la edad, la profesión. relación de parentesco con otras víctimas del accidente, discapacidad, situación de embarazo, .....

Se adjunta, PDF con dichas tablas de las indemnizaciones por accidentes de tráfico correspondientes al 2011: Resolución de 20 de enero de 2011, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2011 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.